Plataformas digitales de intermediación: evidencia del impacto económico frente a los desafíos regulatorios
El estudio elaborado por el Instituto Peruano de Economía (IPE), por encargo de ComexPerú, muestra un incremento en el impacto económico de las plataformas digitales de intermediación en el país: son 5.8 millones de usuarios y 475,000 prestadores que generan aproximadamente S/ 10,700 millones. Regular este mercado sin considerar dicha evidencia puede comprometer la competitividad, el desarrollo económico, el acceso a fuentes de ingresos y el crecimiento de emprendedores.
Este documento examina la evolución del sector entre 2020 y 2025 sobre la base de 9,604 encuestas a usuarios y prestadores, datos del INEI e información de seis aplicaciones. Además del impacto económico (que equivale al 0.89% del PBI), se evidenció el dinamismo de los sectores de reparto y movilidad: diariamente, se registraban 197,000 pedidos y 1.3 millones de viajes. Un elemento para destacar es el uso que tanto los prestadores independientes como los propios usuarios de los servicios de reparto y movilidad realizan: no se limitan a una única plataforma, sino que emplean dos o más a la vez. Este fenómeno se conoce como multihoming.
Del total de prestadores encuestados (repartidores y conductores), el 86% se considera a sí mismo como independiente. Ello refleja la real naturaleza del vínculo entre los agentes que intervienen en este ecosistema, y es acorde con las características de una plataforma de intermediación, pues conectan a dos tipos de usuarios que se encuentran en lados opuestos: uno que necesita un servicio y otro que puede prestarlo y se registra para conectar con los primeros.
Los resultados del informe elaborado por el IPE complementan la información trasladada por ComexPerú al Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo en el marco de la Mesa de Diálogo Tripartito sobre las condiciones de prestación de servicios, cuyo informe recoge la necesidad de que toda propuesta normativa tenga en cuenta la evidencia, las características del sector, y la necesidad de promover la innovación y competencia en esta industria.
Asimismo, permite visualizar el aporte de estos modelos a diversos aspectos como la economía y la seguridad ciudadana, así como el impacto que podría tener una regulación que no considere esta información. Por ejemplo, los servicios de reparto permiten que más emprendedores puedan hacer llegar sus productos a más clientes. Por tanto, cualquier iniciativa regulatoria que esté orientada a delimitar el tamaño de las cajuelas o mochilas de reparto debería considerar el tipo de producto que se traslada y el impacto en los comercios.
El desafío regulatorio a nivel laboral debe considerar las estimaciones recientes y la experiencia comparada
Con la reciente aprobación del Convenio 193 de la OIT, se instaura la conversación sobre la naturaleza del vínculo entre los prestadores independientes y las plataformas de intermediación. En este contexto, además de la cifra de autopercepción señalada previamente, no se debe perder de vista que el desafío de fondo no está vinculado con el tipo de relación entre estos actores, sino en la posibilidad de contar con prestaciones sociales.
Forzar la existencia de una relación laboral en estos mercados ignora elementos como el multihoming antes descrito y la posibilidad de que los prestadores puedan conectarse a las plataformas en los horarios que estimen pertinente. También ignora la existencia de elementos como los seguros complementarios y otros beneficios que la industria ha ido implementando como parte de la autorregulación, en el marco de la competencia para atraer más prestadores. No se puede perder de vista que, al ser plataformas de dos lados, la competencia se da por los usuarios de ambos.
Los datos mostrados por el IPE se complementan con la evidencia de iniciativas regulatorias en otras jurisdicciones. En 2020, entró en vigor la Assembly Bill 5, en el estado de California (EE. UU.), la cual disponía que los prestadores vía plataformas se consideraban (salvo prueba en contra) trabajadores.
Un estudio elaborado por académicos de dicho país[1] evaluó sus efectos y concluyó que la tarifa por hora cayó de manera estadísticamente significativa, lo que forzó a los prestadores a estar activos por más tiempo que antes de la vigencia de dicha norma y comprometió así la flexibilidad propia de estos modelos.
La experiencia comparada, así como los resultados del informe del IPE, muestran la necesidad de que toda propuesta de intervención normativa se base en evidencia y no ignore las características de los modelos de intermediación. De esta forma, se pueden visibilizar los problemas de fondo y apuntar a soluciones que no limiten los beneficios a los actores involucrados, la innovación y la competitividad de este sector.
[1] Wang, X., Lin, Y., Han, W. y Qiu, L. (2026). When Gig Workers No Longer Gig: The Impact of California Assembly Bill 5 on the Online Labor Market. Information Systems Research, 37(2), 1337-1350.