Economía, Laboral

Perú es el país más caro para contratar en la región América Latina y el Caribe

20/03/2026 | Por: ComexPerú / Semanario 1296 / Economía
Perú es el país más caro para contratar en la región América Latina y el Caribe

De acuerdo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), la economía peruana resalta en la región por exceso de costos laborales no salariales. Para contratar a un trabajador, la empresa debe desembolsar un 71.7% de la remuneración, adicional a esta, para cubrir contribuciones obligatorias que exige la regulación laboral, frente al 51.1% en promedio a nivel regional. 

En 2013, el Perú ya destacaba como una de las economías más onerosas para contratar, pero en 2023 habría superado a Brasil (71.3%), que se mantuvo invariable en cuanto a costos entre ambos periodos, según estimaciones del BID. Continúa el ranking Argentina (69%), mientras que la mayoría de los países reporta cifras inferiores al 60%. En cuanto a competitividad, en la región lideran Chile (37.9%), Jamaica (28.7%) y Trinidad y Tobago (21.1%). 

En promedio, en los países de América Latina y el Caribe, los pagos a la seguridad social (salud, pensiones, otros[1]) representan un costo laboral no salarial del 28.7%, la mayor parte del promedio regional, frente al 22.4% que generan el resto de las obligaciones. Sin embargo, en el Perú ocurre lo contrario, debido a que los pagos de la seguridad social (32.6% del salario) representan un desembolso menor a las demás obligaciones (39.1% del salario). 

En el Perú, estas otras obligaciones, complementarias a la seguridad social, se explicarían por las gratificaciones, vacaciones pagadas, preaviso e indemnización por despido. En cuanto a gratificaciones, el Perú otorga dos sueldos anualmente, equivalentes a 60 días de trabajo, mientras que en la región estas solo ascenderían a 28.6 días (casi un sueldo), en promedio. De acuerdo con el BID, en Chile serían nulas en términos de días computados, aunque estarían integrados dentro del salario base mensual, porque las gratificaciones se pagan mensualmente. 

Asimismo, la regulación peruana establece que, por cada año completo de servicios, la indemnización por despido acumula 45 días, mientras que en la región se suelen sumar 26.5 días y en Chile se agregan 30 días a la indemnización por año laborado. En cuanto a vacaciones pagadas, el Perú otorga 30 días anuales, mientras que el promedio regional ofrece 19.2 días y en Chile apenas 15 días. 

Cabe resaltar que en 9 de los 19 países evaluados no se establece un plazo obligatorio de preaviso de despido, incluyendo el caso peruano. Aun así, el promedio regional asciende a 22.3 días, cifra que aumenta en Chile (30 días). Sin embargo, esta situación no significa desprotección para los trabajadores peruanos, debido a que se compensa a través de una indemnización más alta. Además, la figura del despido se encuentra sumamente limitada debido al fallo del Tribunal Constitucional de 2001, el cual genera, en la práctica judicial, una estabilidad laboral absoluta al permitir la reposición del trabajador. 

Los elevados costos laborales de la economía peruana dificultan la formalización; por ello, es importante reconocer que la mayoría de estos se fundamentan en otras obligaciones ajenas a la seguridad social. Así, el sobrecosto que genera la regulación peruana se explicaría por una mayor generosidad del sistema en comparación con otros países de la región. Es decir, la regulación estaría sobreprotegiendo al trabajador formal más de lo habitual.

El mensaje es evidente: existe oportunidad de reducir costos laborales no salariales sin perjuicio de la protección social. Y, con una informalidad que permanece superior al 70%, resulta necesario que los candidatos actuales reconozcan el exceso de proteccionismo en la regulación peruana, con propuestas específicas para reducirla. Esto porque la experiencia ha evidenciado que, lejos de beneficiar al grueso de trabajadores del país, en realidad los altos costos de contratación solo limitan la expansión del sector formal. 


[1] En el Perú incluye el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), mientras que en otros países refiere a seguros complementarios, institutos de formación, protección ante el despido, entre otros conceptos.

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