Concesiones mineras: propuestas legislativas bajo análisis
Proyectos de ley buscan modificar el régimen de concesiones mineras bajo el argumento de combatir las “concesiones ociosas”. Sin embargo, estas iniciativas podrían generar mayor incertidumbre jurídica y afectar el desarrollo de nuevos proyectos en el país.
Según el informe elaborado por el Instituto Peruano de Economía (IPE) en agosto de 2025, el Perú ha perdido competitividad en el desarrollo de proyectos mineros. Los proyectos tardarían, en promedio, 40 años entre el descubrimiento del recurso y el inicio de la producción. Esta cifra contrasta con el promedio mundial, que es de 16 años, lo que evidencia la pérdida de competitividad del país frente a otras jurisdicciones mineras.
Lo más crítico es que algunos proyectos recientes mostrarían plazos de desarrollo aún mayores, alcanzando hasta 45 años. Asimismo, los proyectos que registran mayores tiempos de espera son aquellos vinculados a minerales como el oro y el cobre, debido a la complejidad de su desarrollo.
De acuerdo con el IPE, el 60% del tiempo total del desarrollo minero corresponde a las etapas de exploración y estudios de factibilidad, mayormente atribuidos a desafíos técnicos. No obstante, otro de los puntos en donde se concentra una parte significativa del tiempo es el periodo comprendido entre la obtención de las autorizaciones de construcción y el inicio de las operaciones.
Ello evidencia la existencia de barreras regulatorias y administrativas que dificultan la ejecución oportuna de los proyectos. En ese contexto, lejos de atender estos problemas que afectan al sector, desde el Congreso se vienen proponiendo iniciativas que podrían generar mayores restricciones a la inversión minera formal. Entre estas propuestas destacan aquellas que buscan la caducidad de concesiones consideradas paralizadas, medidas que, de aprobarse, podrían incrementar los obstáculos para el desarrollo de nuevos proyectos.
Los proyectos de Ley 13481/2025-CR, 13497/2025-CR, 12273/2025-CR y 11045/2024-CR buscan limitar los derechos de titulares de concesiones mineras bajo el argumento de que son “concesiones ociosas en grandes áreas geográficas”. Estos proyectos consideran que existe un acaparamiento, sin observar la naturaleza y los tiempos propios del desarrollo de proyectos mineros. Ello resulta problemático si se tiene en cuenta que el ciclo minero puede tomar décadas entre la exploración y el inicio de la producción.
Las iniciativas plantean reducir los plazos para que los titulares demuestren actividad efectiva en la concesión, establecer nuevas causales de caducidad por falta de exploración o producción en determinados periodos, e incluso declarar la nulidad o devolver concesiones al Estado. Asimismo, se propone endurecer el régimen de penalidades o limitar la posibilidad de mantener la concesión únicamente mediante el pago del derecho de vigencia.
Los proyectos no consideran que el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería ya establece un régimen estricto de penalidades para las concesiones que no alcanzan niveles mínimos de producción. Tampoco han evaluado que muchas de estas demoras obedecen a las trabas impuestas por el mismo Estado, que castiga la inversión por retrasos atribuibles al aparato estatal.
En suma, la promoción de la minería, como una de las actividades que mayor rédito genera para el país, debe orientarse a impulsar medidas que permitan simplificar y agilizar la tramitación de proyectos mineros, especialmente en aquellas etapas que no representan riesgos críticos. En ese sentido, se debería implementar la aprobación automática para procedimientos vinculados a proyectos no críticos, así como potenciar la Ventanilla Única Digital para mejorar la gestión de plazos y la trazabilidad de los procesos administrativos.
Resulta clave garantizar la secuencialidad de los procesos que se deben tramitar y ampliar la aplicación del silencio administrativo positivo en los procedimientos vinculados al desarrollo de proyectos mineros.
De igual forma, respecto de la relación entre las comunidades y los concesionarios, resulta fundamental fortalecer las capacidades institucionales del Minem para conducir de manera más eficiente un único proceso de consulta previa. En la misma línea, se debería reforzar el rol del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) en la conducción del proceso de participación ciudadana, con el fin de asegurar espacios adecuados de diálogo eficiente.
En paralelo, resulta indispensable garantizar una adecuada ejecución del canon minero, de modo que los recursos generados por la actividad extractiva se traduzcan en beneficios para las comunidades. Finalmente, también se requiere fortalecer las acciones para combatir la minería ilegal y evitar que los plazos del Reinfo continúen extendiéndose.
En conclusión, si lo que se busca es promover la minería formal, las regulaciones deberían enfocarse en atender la burocracia estatal, en lugar de incorporar nuevas sanciones que terminan afectando al minero formal. De igual forma, resulta indispensable sancionar la minería ilegal y evitar la continua ampliación de regímenes transitorios que debilitan los procesos de formalización.