Gobierno, Regulación

Bicameralidad en el Perú: organización, desafíos y calidad legislativa 

30/01/2026 | Por: ComexPerú / Semanario 1289 / Legal y Regulatorio
Bicameralidad en el Perú: organización, desafíos y calidad legislativa 

El restablecimiento de la bicameralidad en el Perú constituye una de las reformas más relevantes en la organización del Poder Legislativo. Este cambio significa una modificación del proceso normativo, de los controles políticos y la deliberación parlamentaria en general. 

En marzo de 2024 se aprobó la ley 31988, que restablecía la bicameralidad en el Congreso. Esta norma (vigente desde las elecciones de abril del presente año) modificó artículos de la Constitución con el objetivo de retornar a un congreso compuestos por dos cámaras: el Senado y la Cámara de Diputados. Sus respectivos reglamentos estarán vigentes desde el 27 de julio de 2026. 

El modelo bicameral se sustenta en el principio de igualdad de jerarquía constitucional entre senadores y diputados. Ambos cuentan con los mismos derechos y están sujetos a las mismas obligaciones; sin embargo, esto no supone una duplicidad de funciones, sino una distribución de competencias. 

La Cámara de Diputados se configura como el espacio de representación política más inmediata. En ella se concentra la presentación de los proyectos de ley y su respectivo debate inicial. Su composición más numerosa y su vínculo directo con la ciudadanía refuerzan su rol como canal principal de las demandas sociales y políticas. 

El Senado cumple la función de cámara revisora: una vez que un proyecto de ley es aprobado por la Cámara de Diputados, el Senado lo recibe y somete a evaluación. Luego de ello, puede aprobar el proyecto sin modificaciones, modificarlo o rechazarlo. 

Este diseño contrasta con otros sistemas bicamerales —incluidos los de países de la región como Argentina y Chile— en los que existe una coordinación más estrecha entre ambas cámaras durante el proceso legislativo, para evitar que una sola de ellas concentre la decisión final sobre las modificaciones al texto legal. 

Si bien este esquema podría contribuir a reducir la burocracia en la promulgación de leyes, también plantea cuestionamientos respecto al nivel de articulación entre ambas cámaras. En particular, se observa que el Senado cuenta con la capacidad de modificar los proyectos sin la necesidad de consultar nuevamente a la Cámara de Diputados, con lo que se limita la coordinación a los mecanismos llamados “conferencias bicamerales”. Estas son obligatorias únicamente en casos específicos, como reformas constitucionales, proyectos observados por el Poder Ejecutivo y reformas del reglamento del Congreso, mientras que para el resto de las materias su convocatoria es facultativa. Esta configuración podría debilitar la colaboración interinstitucional. 

La bicameralidad también introduce cambios relevantes en la organización interna del Congreso. Un aspecto positivo es que órganos clave, como la Mesa Directiva, la Junta de Portavoces y la Comisión de Presupuesto, estarán integrados por representantes de ambas cámaras. Esta composición mixta permitirá que senadores y diputados compartan una visión conjunta sobre las prioridades legislativas, los desafíos institucionales y la planificación de la agenda parlamentaria, lo que debería ayudar en la coordinación política y la coherencia en la toma de decisiones. 

En relación con la calidad regulatoria, el modelo bicameral ofrece una oportunidad para corregir deficiencias estructurales del actual Parlamento unicameral. Tal como se analizó en el Semanario 1279, el Congreso ha mostrado históricamente una débil consideración por los impactos económicos, fiscales y regulatorios de las normas que aprueba, lo que ha derivado en leyes que colisionan con el presupuesto público, generan sobrerregulación o producen efectos contraproducentes en la actividad económica y la gestión estatal. 

La existencia de dos cámaras refuerza la expectativa de que una de ellas asuma un rol más reflexivo y técnico, que eleve los estándares de evaluación de los proyectos de ley. En esa línea, el nuevo Reglamento del Congreso establece que la actuación parlamentaria debe regirse por el principio de calidad normativa, lo que implica exigir análisis de costo-beneficio, evitar la generación de gasto público no financiado y, cuando corresponda, incorporar evaluaciones de impacto ambiental. Estos requisitos buscan fortalecer la labor legislativa y asegurar que las normas respondan a criterios que beneficien a la sociedad. 

En conclusión, el retorno a la bicameralidad en el Perú representa una oportunidad para fortalecer la calidad del proceso legislativo, incorporar mayores filtros técnicos y promover una deliberación más reflexiva entre ambas cámaras. No obstante, si bien el reglamento puede ser modificado y ajustado en el tiempo, el factor determinante para el éxito del modelo será la coordinación efectiva entre el Senado y la Cámara de Diputados, así como la capacidad de ambas instancias para priorizar la calidad normativa, la responsabilidad institucional y el interés público por encima de los intereses coyunturales.

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