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PORTADA: TRIBUTACIÓN Y REGULACIÓN

La regulación no funciona cuando no se     de otros medios como las cartas            de (nudges), en la misma medida que
entiende la conducta o el comportamiento   exhortativas o las conciliaciones”.        se promueve la utilización de incentivos
del ciudadano. Esto se debe a que                                                     sobre la conducta de los individuos9.
normalmente tiene efectos inevitables      Por su parte, el enfoque conductual        En ese orden de ideas, por ejemplo, el
sobre las preferencias de los regulados2.  propone que la política regulatoria        Indecopi no solo podría promover polí-
                                           sea “persuasiva” en la medida que          ticas regulatorias responsivas, sino que
En dicho contexto, la evidencia recabada   influye en la mejoría del bienestar del    adicione el enfoque conductual desarro-
por la economía del comportamiento3        individuo5, a través de la utilización     llado por los llamados nudges, a efectos
muestra que, sistemáticamente, los         de herramientas de la economía del         de modificar conductas reiteradas en
seres humanos tomamos decisiones           comportamiento, las cuales buscan          sanción o evitar que caigan en ellas.
sesgadas, las cuales en muchos casos       desesgar6 a los ciudadanos y permitir
resultan ineficientes. En el tránsito      que tomen decisiones basadas en la         Dicho enfoque es una oportunidad de
de conocer y comprender el enfoque         prevención.                                mejora para los programas de clemen-
interdisciplinario, el derecho ha tomado                                              cia y compromiso de cese en materia
los descubrimientos de la economía         Para Javier Tapia Canales, el “diseño” de  de libre competencia o las medidas de
y la psicología cognitiva y los ha         normas o de una política regulatoria no    advertencia y subsanación previa en
incorporado a los procesos regulatorios    debe ser visto como un proceso neutro      protección al consumidor. Considera-
con miras a repensar los dos tipos de      frente a nuestro comportamiento y elec-    mos oportuno promover investigacio-
estrategias u objetivos de la regulación:  ciones como ciudadanos. Por lo tanto,      nes sobre la conducta de los agentes
persuadir y prevenir.                      “es posible diseñar normas que hagan       económicos antes, durante y después
                                           que ni siquiera la sanción sea esencial,   de la utilización de las mencionadas
Así, para Reiss, citado por Francisco      sino que simplemente se ‘orienten’ un      instituciones jurídicas, a efectos de ana-
Ochoa, “una autoridad con enfoque          poco las elecciones (nudge)7 que van a     lizar si las reglas regulatorias permiten
disuasivo utiliza las sanciones como       tomar los consumidores para lograr un      que sean eficientes y viabilizar la mo-
herramienta principal de enforcement,      comportamiento socialmente deseado”8.      dificación de conductas que afectan el
bajo la premisa de que los agentes                                                    proceso competitivo.
regulados responderán racionalmente        De esta forma, la regulación puede
ante un castigo a uno de sus pares         prestar especial atención a la aplicación
o que el mismo agente infractor no
cometerá nuevamente la falta por el        1 Recomendaciones del Consejo de la OCDE sobre Política Regulatoria y Gobernanza 2012
impacto de la sanción previa”4.
                                           2 Así, por ejemplo, si decidimos establecer limitaciones horarias en el ejercicio de una actividad recreacional o reducimos los
El enfoque sancionador, en muchas          impuestos para la exportación de servicios tecnológicos, no solo generamos efectos sobre ciertos mercados, sino que dichas
ocasiones, no logra modificar las          normas incentivan positiva o negativamente la realización de determinadas conductas basadas en decisiones económicas.
conductas no deseadas para los
mercados. Por ello, Ochoa indica que       3 La economía del comportamiento o conductual tiene sus orígenes a finales del siglo XIX, con los estudios deAlfred Marshall
la regulación “responsiva”, propuesta      en Cambridge. No obstante, solo hasta que Uchitelle y Lowestein publicaron una serie de artículos en The New York Times,
por Ayres y Braithwaite, permite que       en febrero de 2001, fue que esta corriente obtuvo la notoriedad que no tenía. Únicamente luego de que Daniel Kahneman
“una autoridad solo utilice una sanción    ganase el premio Nobel en 2002 fue que realmente comenzó a consolidarse como una teoría económica reconocida. Para
(multas o inhabilitación) como último      una visión más completa de la historia de la economía conductual, ver: Earl, P. (2005). “Behavioural Economics and the
recurso, en tanto haya agotado las         Economics of Regulation”. pp. 3-5.
opciones más persuasivas desde el
comienzo de la relación. A manera          4 Para mayor detalle, revisar: http://blog.pucp.edu.pe/blog/mregulacionsp/2018/06/01/regulacion-responsiva-la-importancia-
de ejemplo, una autoridad con              del-enforcement-inteligente/ (visitado el 1 de octubre de 2018).
enfoque responsivo en materia de
protección al consumidor no iniciaría      5 Thaler, R. y Sunstein, C. Nudge. Improving decisions about health, wealth, and happiness. NuevaYork: Penguin Books, 2009.
automáticamente un procedimiento
sancionador ante la detección de           6 A partir de nuestras investigaciones, notamos que los sesgos y heurísticas ejercen influencia en la percepción de los
una infracción, sino que agotaría la       riesgos de nuestras actividades, como el comportamiento frente al tráfico o el pago de impuestos, lo que lleva a una
posibilidad de lograr la adecuación a      distorsión en la formación de las preferencias que puede traducirse en decisiones socialmente ineficientes, dado que
la ley por parte del proveedor a través    generan externalidades a la comunidad.

                                           7 Nudge o “ligero empujón” supera la definición de incentivo en cuanto sugiere la posibilidad de generar que los individuos
                                           tomen decisiones más eficientes a través de la correcta presentación de la información.

                                           8 Para mayor detalle:

                                           http://repositorio.indecopi.gob.pe/bitstream/handle/11724/5174/809_GSF_ECP_Mejores_practicas_supervision_
                                           n3.pdf?sequence=2&isAllowed=y (visitado el 1 de octubre de 2018).

                                           9 Dichos nudges implican, pues, la generación de una especie particular de estímulos sobre la capacidad cognitiva de los
                                           individuos, que tiene como finalidad persuadirlos para que tomen decisiones individual y socialmente eficientes, pero sin
                                           perder de vista su libertad de elección.
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