Page 20 - Negocios Internacionales
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INTERNACIONALES
Norma general Primero, unas definiciones
antielusiva:
necesarias. Elusión es evitar o mitigar
estamos avisados
un costo tributario, mediante actos
Por Luis Miguel Yrivarren, Socio de Yrivarren & De los Ríos Abogados.
o contratos permitidos por la ley.
“El 13 de setiembre de 2018, se anunció
el Decreto Legislativo 1422, según el cual Evasión (o defraudación tributaria)
los representantes legales podrían ser también es evitar o mitigar un costo
solidariamente responsables y pagar con su
tributario, pero mediante conductas
patrimonio personal las deudas y multas
de las empresas que eludan impuestos1, fraudulentas, descritas y sancionadas
según lo considere Sunat. Se trataba de la
puesta en vigor de la norma XVI del Código con rigor por la Ley Penal Tributaria2.
Tributario (norma general antielusiva). Como
abogado corporativo y representante legal de Ahora, un poco de historia reciente:
empresas, quedé genuinamente interesado”. en julio de 2012, el Poder Ejecutivo
incorporó la actual norma general
antielusiva al Código Tributario3.
Esta norma permitió a la Sunat
determinar la “verdadera naturaleza”
de los hechos imponibles, evaluando
los actos, situaciones y relaciones
económicas que efectivamente
realicen, persigan o establezcan los
deudores tributarios; y aplicar, en
caso de actos simulados, la norma
tributaria más apropiada. En diciembre
de 2014, a pedido del mismo Poder
Ejecutivo, se suspendió la facultad
de la administración tributaria para
aplicar la norma general antielusiva4;
y así esperar la “preparación de
la Sunat y sus funcionarios para
una adecuada implementación”.
Parece que esta vez la Sunat y sus
funcionarios se sienten preparados,
pues el Decreto Legislativo 1422 pone
en vigor la norma general antielusiva
en su integridad. Y le agrega algunos
dientes.
Así es. La referida norma trae estas
novedades tratándose de elusión:
(i) cuando la Sunat determine
que han existido actos elusivos,
los representantes legales que
hayan colaborado con el diseño, la
aprobación o la ejecución de tales
“actos elusivos” están solidariamente
obligados a pagar los tributos y las
multas; (ii) a la Sunat no se le aplica
el plazo máximo estándar (un año)
para fiscalizar; (iii) se aplica una