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DOING BUSINESS 2018: FLEXIBILIDAD LABORAL

Por ComexPerú / Publicado en Agosto 03, 2018 / Semanario 948 - Hechos de Importancia

Mucho se ha hablado de la importancia de llevar a cabo una reforma laboral que permita una mayor flexibilización de este mercado y, con ello, la creación de una mayor fuente de empleo formal en nuestro país; sin embargo, a la fecha, no se ha podido avanzar lo suficiente en esa dirección, quizás por los temores a la reacción política o popular por el “posible desamparo” en que se dejaría a los trabajadores.

De acuerdo con el Banco Mundial, la regulación del mercado laboral tiene un impacto directo en la creación de empleo, la productividad y la velocidad con que nos ajustamos a los diferentes shocks. El reto está justamente en implementar las políticas laborales adecuadas que eviten ambos extremos: ni una sobrerregulación que impida el desarrollo del mercado de trabajo ni una subregulación que desproteja al trabajador. Es decir, la mayor flexibilidad posible tomando en cuenta la protección del empleado.

El reporte Doing Business (DB) 2018 mide, como último pilar, la regulación del mercado de trabajo, en aspectos como la contratación, el despido, las horas de trabajo y la calidad del mismo. Si bien este no se incluye entre los ejes evaluados en el ranking general, sí es considerado un aspecto esencial para el desempeño del mercado laboral y su inevitable injerencia en el nivel de empleo formal y la competitividad de la economía.

CAMBIOS EN EL MUNDO

Entre las principales políticas que resalta el DB 2018 en este aspecto, están las adoptadas por Puerto Rico, por ejemplo, que implementó en 2017 una reforma sustancial mediante la Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral, con la que introdujo cambios relevantes en todas las áreas evaluadas por el DB. Algunos de estos cambios fueron el aumento en el periodo de prueba máximo para empleados, de 3 a 9 meses; la disminución de la prima por trabajo en horas extra del 100% del salario al 50%; así como las vacaciones pagadas de 15 a 9 días para los empleados con un año de trabajo y de 15 a 12 días para aquellos con entre cinco y diez años de trabajo. A la vez, implementaron indemnizaciones para los empleados despedidos injustamente.

También hubo cambios importantes en la regulación sobre horas y calidad de trabajo en otras partes del mundo. Albania, por ejemplo, redujo el número de horas de trabajo a 48 a la semana; igual que la República Democrática del Congo, que estableció un estándar de ocho horas al día y designó el domingo como día de descanso. Al contrario, Taiwán incrementó el número de días de descanso a dos y extendió los días de vacaciones pagadas; y Bosnia y Herzegovina redujo el pago por trabajo en horas extra, nocturno y en días feriados. En cuanto a calidad del trabajo, EE.UU. estableció un máximo de seis días pagados por enfermedad durante el año, y Colombia, República Dominicana, India y Paraguay incrementaron la duración de la licencia por maternidad remunerada.

Por otro lado, también se dieron políticas en el mundo para mejorar la protección de los trabajadores, como en Tayikistán, que aumentó la indemnización por despido de trabajadores; Bahamas, que modificó su legislación para incluir reglas que prioricen el reempleo; o Singapur, que implementó una regulación que exige a los empleadores notificar al Ministerio de Recursos Humanos cuando se despide a un grupo de 9 trabajadores.

POLÍTICA LABORAL PERUANA VS. POLÍTICA DE PRIMER MUNDO

Si bien el reporte DB 2018 no incluye una comparación directa entre las 190 economías evaluadas, en términos relativos sí podemos observar cómo se encuentra nuestro país con respecto a otros. Por ejemplo, al compararlo con Chile, Colombia y México, nuestros socios en la Alianza del Pacífico (AP), podemos notar que tenemos políticas similares en cuanto a horas de trabajo, aunque con algunas diferencias en los pagos por trabajo en días de descanso, pues el Perú tiene la política más onerosa al exigir una prima equivalente al 100% del salario (medido en jornada por hora), mientras que en Colombia es del 75%, en México del 25% y en Chile no hay prima extra. Lo mismo ocurre por trabajo en el turno noche, ya que la prima en el Perú es del 35%, al igual que en Colombia; sin embargo, en Chile y México no existe.

En términos de políticas por despido, sorprende que Perú sea, de los cuatro de la AP, el de menores costos para el empleador. Por ejemplo, mientras que para un empleado promedio que es despedido en Chile, México o Colombia la indemnización es de 23.1, 22 y 16.7 semanas de salario, respectivamente, en nuestro país es de 11.4. No obstante, si lo comparamos con los países mejor ubicados del ranking general del DB 2018, que son Dinamarca, Nueva Zelanda y Singapur, podremos notar que nuestras políticas laborales están muy alejadas de dicho óptimo. Entre las principales diferencias están la prohibición en nuestro país de celebrar contratos a plazo fijo para labores permanentes, lo que no sucede en los países mencionados. De los cuatro, además, somos el único que paga primas adicionales por el trabajo nocturno y, junto con Singapur, por trabajar un día de descanso u horas extra.

Donde sí hay una diferencia sustancial respecto de estos tres países desarrollados es en los costos del despido. De los cuatro, en el Perú es donde más oneroso resulta despedir a un trabajor, y es que es el único donde los empleadores pagan una indemnización por este motivo. Exigencia que no existe en Dinamarca, Nueva Zelanda o Singapur.

Hay que evaluar, entonces, cuáles son las políticas que queremos aplicar en nuestro país. Como bien menciona el Banco Mundial, un mercado de trabajo sobrerregulado no permitirá el desarrollo de nuestra fuerza laboral de manera adecuada, y nuestro Gobierno seguirá legislando solo para la pequeña parte formal y dejará fuera a la gran masa que aún se encuentra en la informalidad, sin un salario decente ni beneficios laborales.



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