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¿UN REMEDIO PEOR QUE LA ENFERMEDAD?

Por ComexPerú / Publicado en Febrero 22, 2019 / Semanario 973 - Hechos de Importancia

Recientemente, la congresista Cecilia Chacón, de la bancada de Fuerza Popular, presentó el proyecto de Ley 3835/2018-CR, Ley que regula el pago oportuno de facturas comerciales giradas por micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme). Dicho proyecto propone que el pago de las facturas emitidas por las Mipyme sea cancelado en un plazo máximo de 30 días calendario. Igualmente, de manera excepcional y bajo mutuo acuerdo entre las partes, se podrá pactar un plazo mayor. En este escenario, las grandes empresas deberán realizar el pago de un interés compensatorio y moratorio por cada día adicional hasta la fecha de cancelación pactada entre ambas partes. Cabe mencionar que, en enero pasado, Chile aprobó la Ley de pago a 30 días y en Colombia se encuentra en debate un proyecto similar.

De acuerdo con la iniciativa legislativa, existe una relación asimétrica entre las grandes empresas y las Mipyme que ocasiona una falla de mercado traducida en condiciones poco favorables para estas últimas. Expone, además, que el pago diferido de 60, 90 y 120 días de las facturas a la Mipyme, junto con el débil acceso al sistema financiero, generan falta de capital de trabajo e impiden el desarrollo de inversiones y acumulación de capital. De esta manera, con el objeto de que se logre el pago oportuno de las facturas comerciales, la iniciativa justifica su propuesta en la necesidad de generar un contexto favorable para las Mipyme, brindarles mayor seguridad y confiabilidad, y así evitar que dejen de operar por ausencia de capital.

Es esta línea, según cifras del Ministerio de la Producción (Produce), el 99.5% del universo empresarial en el Perú está conformado por Mipyme. Asimismo, estos agentes participan con alrededor del 28.9% del valor agregado nacional y generan el 88% del empleo en el sector privado, por lo que se les considera vitales para el desarrollo económico del país. No obstante, este sector empresarial goza de una limitada productividad. Ante ello, la Organización Mundial del Comercio (OMC) afirma que una de las principales causas de la situación descrita anteriormente es la dificultad para acceder al crédito e inversiones que enfrentan.

Sin embargo, la problemática señalada no solo sería una característica de las Mipyme que operan en la informalidad, sino también de aquellas formales. De hecho, según Produce y expuesto por el referido proyecto de ley, solo un 6.7% de dichas empresas se encuentran registradas en el sistema financiero; de manera más específica, solo un 5% y un 42.8% de las micro y pequeñas empresas registradas ante la Sunat, respectivamente, cuentan con acceso a financiamiento. Al respecto, la Política Nacional de Productividad y Competitividad señala que esta problemática estaría asociada a los altos costos impuestos por las entidades que ofrecen estos servicios, lo que origina que el sistema financiero peruano sea uno de los más costosos del mundo y, por consecuencia, genera una menor productividad y acumulación de capital en aquellas firmas con mayores dificultades de acceso.

Frente a dicho escenario, es innegable la necesidad de medidas que mejoren la situación de las Mipyme. Sin embargo, nos encontramos ante una que evidentemente interviene en la actividad privada. ¿Es óptimo intervenir y regular una práctica entre privados cuando nos encontramos ante un problema que va más allá de una asimetría entre las grandes empresas y las Mipyme?

Un punto que desfavorece el impacto de dicha medida es el señalado en el diario Gestión por Kenneth Bengtsson, presidente de Efact, quien menciona que, en primera instancia, el proyecto en cuestión solucionaría el problema de menos de un 2% de las Mipyme, dado que el otro 98% tiene como clientes a otros negocios pequeños o personas naturales. Además, menciona que estas empresas ya cuentan con acceso a otras herramientas de financiamiento.

Al respecto, ante el poco acceso al sistema financiero, se han desarrollado mecanismos alternos de financiamiento tales como el factoring, por medio del cual las Mipyme obtienen capital de trabajo en el corto plazo, sin incurrir en deuda, a través de la transferencia de facturas negociables a terceros. Asimismo, tal como Produce señala, esta herramienta tiene la capacidad de unir y vincular a empresas de diferentes tamaños y sectores y extender el tejido empresarial de la economía. Cabe mencionar que, si bien en comparación con otras economías como la chilena, este sistema aún se encuentra rezagado en nuestro país, la publicación en 2015 de un decreto legislativo que favorece su desarrollo junto con el contexto actual de las Mipyme en el Perú permitiría un mayor crecimiento. Así, en 2016, el factoring en los estratos Mipyme creció alrededor de un 68%, según Produce. Por tanto, de aprobarse el proyecto de ley, este mercado correría el riesgo de quedarse sin clientes.

Tal como vemos, si esta iniciativa se aprobase, aún quedarían millones de Mipyme expuestas a quedarse sin capital de trabajo y, en consecuencia, dejarían de operar. Asimismo, en un intento de mejorar las condiciones para un reducido grupo de Mipyme, se estaría destruyendo un mercado que se ha desarrollado para solucionar un problema existente. Dicho esto, más que aprobar medidas intervencionistas, es prioritario crear mejores condiciones de financiamiento para que, en condiciones de libre mercado, las Mipyme puedan acceder al crédito y así garantizar no solo su operabilidad, sino también su productividad. Claro está que el pago en 30 días, más que una obligación para las grandes empresas, debería ser voluntario como parte de una política de responsabilidad social, tal como ocurre en diversas empresas en la región. Otro claro ejemplo de la necesidad de aplicar análisis de impacto regulatorio en el Congreso.


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