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SIMPLIFICACIÓN Y MEJORA REGULATORIA: UNA OPORTUNIDAD PARA EL EJECUTIVO
Por Comexperu / Publicado en Julio 19, 2024 / Semanario 1217 - Legal y Regulatorio
Se espera una reducción en la tramitomanía ante entidades públicas, según lo aprobado en la Ley N.° 32089 (Ley de Delegación de Facultades, en adelante, “la Ley”). Es responsabilidad del Estado promover la regulación eficiente para levantar las barreras de acceso y una mayor competitividad.
Nuestro país cuenta con más de 30,000 leyes, complementadas por un sinnúmero de reglamentos. Habitualmente, estas leyes y reglamentos no se crean con un adecuado análisis de su posible impacto, ya sea en los ciudadanos o en las actividades económicas en general.
La simplificación o mejora regulatoria dota de instrumentos al Estado para establecer condiciones que fomenten intereses generales en actividades económicas. Estas deben contemplar las características inherentes a las empresas y su entorno, más aún de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), y así mantener un nivel de competencia eficiente. Al respecto, la Ley incorpora dos medidas regulatorias de gran valor para los ciudadanos:
La optimización del silencio administrativo positivo. Ante la presentación de una solicitud (por ejemplo, en una licencia de funcionamiento), si la entidad pública no emite respuesta, se entenderá que ha sido aprobada, sin perjuicio de una fiscalización posterior. Es importante en tanto que acelera los procedimientos administrativos y la dinámica de las operaciones económicas, y obliga a la Administración a resolver en caso no se cumplan los requisitos exigidos para desarrollar determinada actividad.
Optimización de plazos, requisitos y procedimientos para adquirir permisos o autorizaciones que resulten necesarios para la ejecución de proyectos públicos, privados o público-privados. Esto es similar a lo promulgado anteriormente en la Ley N.° 31955, que estableció la exoneración de autorizaciones y/o permisos para la ejecución de proyectos. Es una medida importante, considerando que los Gobiernos locales suelen intentar detener obras por razones antitécnicas (por ejemplo, el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Línea 2 del Metro de Lima).
Ambas medidas serían óptimas para cada objetivo, pero requieren voluntad política para promulgarse. El Poder Ejecutivo tiene un plazo máximo de 90 días calendario (hasta el 3 de octubre) para emitir estas normas.
MEDIDAS PENDIENTES
Las medidas promulgadas mediante la delegación de facultades no son suficientes. Por ello, presentamos una serie de medidas que contribuirían al objetivo de la simplificación y mejora regulatoria:
Eliminación de la obligatoriedad de exponer letreros en establecimientos comerciales, dado que se trata de documentación que obra en poder de la entidad, como la exigencia de exhibir la licencia de funcionamiento. Asimismo, se debería eliminar la obligación de los letreros que determinan la prohibición de discriminación, ya que existen mecanismos para tutelar estos derechos en caso sean vulnerados.
Eliminación de la exigencia de copias legalizadas de documentos, ya que se trata de una exigencia prohibida por la Ley del Procedimiento Administrativo General, bajo la premisa de que cuentan con el mismo valor probatorio (Artículo 49°, Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444).
Cobro por uso/aprovechamiento de espacios públicos (terrazas de restaurantes, por ejemplo). Actualmente, se debe pagar un derecho por uso del espacio, por montos desproporcionados, que incluso podrían ser calificados como arrendamiento por uso.
Posibilidad de la continuidad de obras de infraestructura de uso público durante las 24 horas del día atendiendo a la zonificación del distrito y la relevancia de la obra.
Por otro lado, es necesario eliminar medidas que no contribuyen a la mejora regulatoria ni la promoción de la competitividad, como la recientemente promulgada “Ley de demoliciones exprés”. El Ejecutivo tiene la oportunidad de mejorar el clima competitivo en el mercado, y esperamos que no se desaproveche.
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