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SEGURO DE DESEMPLEO: ¿CÓMO FUNCIONARÍA EN EL MERCADO LABORAL PERUANO?
Por ComexPerú / Publicado en Enero 20, 2023 / Semanario 1149 - Actualidad
Durante los últimos años, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) vienen evaluando la pertinencia de establecer un sistema de seguro de desempleo en el Perú. El pasado 10 de enero, el MTPE precisó que ya se cuenta con una propuesta preliminar, la cual está pendiente de dialogar con los sectores empleador y trabajador. A pesar de la novedad para nuestro país, este mecanismo lleva años vigente en Argentina (creado en 1991), Brasil (1996), Chile (2002) y Ecuador (2016), entre otros países, según la OIT.
En el Perú opera como su reemplazo la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), que fue creada en 1991 y constituye un mecanismo de ahorro forzoso para los trabajadores formales, quienes no dispondrán del monto acumulado hasta encontrarse en situación de desempleo. Sin embargo, el concepto de la CTS ha sido desnaturalizado mediante retiros extraordinarios en el marco de la pandemia (100% de los ahorros hasta 2023), pero también en anteriores oportunidades con la Ley N° 30334, que estableció retiros completos para dinamizar la economía en 2015. Tanto es así que la Comisión de Protección Social ya encontraba que los trabajadores suelen percibir la CTS como un ingreso adicional que cubre múltiples funciones (incluido el ocio) en 2017.
En contraste, en línea con la propuesta conjunta de la OIT y MTPE, el seguro de desempleo constituye un sistema de reparto con afiliación obligatoria, como ocurre en la mayoría de los países de América Latina y el Caribe. Este permite acceder a una proporción de sus salarios previos a caer en el desempleo que decrece durante los meses de beneficio[1], siempre y cuando el desempleado haya contribuido (el MTPE estima un costo anual entre el 1.8% y el 2% de la remuneración) durante 12 de los 24 meses previos a estar desempleado.
También se contempla que los trabajadores cesantes deben participar activamente en los programas de políticas activas de mercado de trabajo para recibir los beneficios, lo cual también es común en la región. Por ejemplo, en Brasil se requiere comprobar la matrícula y asistencia en un curso de formación continua de calificación profesional de al menos 160 horas, mientras que en Chile los beneficios del seguro de desempleo cesan si el desempleado rechaza una oferta laboral referida por las Oficinas Municipales de Información Laboral (OMIL) que le permita recibir al menos una remuneración salarial equivalente a la de su último puesto de trabajo o si rechaza una beca de capacitación financiada por el Gobierno, según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal).
En ese sentido, el seguro de desempleo puede potencialmente convertirse en una herramienta importante para incentivar el empleo formal. En detalle, los ingresos que provee limitan la necesidad y urgencia de los desempleados de acceder al sector informal, mientras que la condición de elegibilidad del seguro potencia el alcance de las políticas activas de empleo. Sin embargo, para aprovechar este mecanismo es necesario identificar los retos que enfrentaría en el mercado laboral peruano.
¿Y LA COBERTURA PARA LOS MÁS NECESITADOS?
En primer lugar, es importante destacar que, al igual que la CTS, este mecanismo se limitaría únicamente a los trabajadores formales, por lo que tendría una cobertura reducida. A manera de referencia, la cobertura de la CTS solamente ascendía al 13.8% de la población ocupada en 2019, según Miguel Jaramillo, investigador principal del Grupo de Análisis para el Desarrollo (GRADE). Por ello, es necesario tener cuidado en el diseño de financiamiento, el cual aplicaría para todos los empleos formales, a pesar de que no todos los trabajadores que aporten puedan acceder a los beneficios.
Por otro lado, el actual diseño de la CTS excluye a las microempresas, que concentran a los trabajadores menos calificados y con mayor riesgo de caer en desempleo e ingresar a la formalidad. En detalle, las empresas con un máximo de cinco trabajadores concentraron casi un cuarto (23.2%) del empleo formal durante el tercer trimestre de 2022, pero también contrataron al 78.2% de los trabajadores que alcanzaron como máximo la secundaria completa. A manera de referencia, aquellos con dicho nivel educativo representaron el 76.7% de la informalidad y el 59% del desempleo.
No obstante, a pesar de que hasta el momento no se ha planteado sustituir por completo el esquema previo, la propuesta del MTPE contempla un ajuste en la contribución de la CTS[2], de manera que una fracción de lo que se paga actualmente financia el seguro de desempleo. En ese sentido, existiría el riesgo de que su implementación suponga un mayor costo laboral para las microempresas formales.
Si bien es cierto que las empresas de menor tamaño no han respondido completamente al incentivo de bajos costos laborales (5.93% del salario en microempresas, que asciende al 45.97% en el régimen general), se requiere un análisis de los efectos que pueda generar incrementarlos, porque esta propuesta, de lo contrario, podría ser contraproducente para los trabajadores menos capacitados. De la misma manera, es indispensable el diálogo entre empleadores y trabajadores, sobre todo cuando el segundo grupo puede considerar nociva la reducción en los beneficios de la CTS.
[1] De acuerdo con la valoración actuarial de la propuesta, se espera una duración máxima de cinco meses del seguro de desempleo, con beneficios que decrecen mensualmente desde el 70% hasta el 50% del salario promedio durante el último año laboral. Sin embargo, esto puede estar sujeto a cambios.
[2] De acuerdo con el MTPE, el costo laboral de la CTS representa el 4.51% y 9.72% de la remuneración del trabajador en el régimen de pequeñas empresas y el régimen general, respectivamente.
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