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Nueva Ley OxI: ¿impulso al mecanismo?

Por Comexperu / Publicado en Octubre 10, 2025 / Semanario 1276 - Economía

El mecanismo de obras por impuestos (OxI) fue concebido como una herramienta innovadora para evitar los clásicos problemas del proceso de inversión pública tradicional. Las empresas privadas financian y ejecutan proyectos de inversión pública y recuperan la inversión mediante certificados que se usan como crédito tributario. A lo largo de los años, aunque ha habido casos de éxito, OxI también ha evidenciado una serie de problemas operativos y regulatorios que han limitado su potencial. 

La promulgación de la nueva ley modificatoria (Ley 32460), que amplía el desarrollo del mecanismo de OxI, introduce reformas destinadas a subsanar algunas de las fallas más críticas. Es importante comprender el desempeño de esta modalidad de inversión a lo largo de los años, y analizar las mejoras normativas frente a los problemas históricos; en particular, en un punto clave: la emisión de certificados que reconocen la inversión. 

De acuerdo con información de ProInversión, desde 2009 se han adjudicado 792 proyectos a nivel nacional, bajo los tres niveles de gobierno. Esto considera a todos los proyectos en cualquiera de las diferentes fases: convenio suscrito, adjudicado, en ejecución y concluido. En la década pasada, el mecanismo alcanzó un pico de 76 proyectos con buena pro en 2014, y en los últimos años, al cierre de 2024, se alcanzó un total de 122 proyectos a los que se les otorgó la buena pro, y en lo que va de 2025[1] ya son 180 proyectos. 


Desde 2009 a 2025, se han concluido 324 proyectos. El nivel de gobierno con mayor número de proyectos concluidos hasta la fecha son los Gobiernos locales, específicamente, las municipalidades distritales, con 169 proyectos. Les siguen las municipalidades provinciales (77), los Gobiernos regionales (56), el Gobierno nacional (20) y las universidades públicas (2). 

Según monto de inversión acumulado de proyectos concluidos, los Gobiernos regionales suman un total de S/ 1,160 millones ejecutados y concluidos bajo este mecanismo durante el periodo de análisis. En segundo lugar, las municipalidades distritales acumulan un monto total de inversión concluido por S/ 1,160 millones. Le siguen las municipalidades provinciales (S/ 686 millones), el Gobierno nacional (S/ 314 millones) y las universidades públicas (S/ 19.3 millones). Como se observa, esta modalidad de inversión se concentra, históricamente, en los Gobiernos subnacionales, principalmente. Ello coincide con que son estos los niveles de gobierno que más complicaciones tienen para sacar adelante las obras.  


Aunque el mecanismo tiene oportunidades importantes, existen barreras que limitan la ejecución oportuna de proyectos en los últimos años (ver Semanario 1253). Uno de los principales está asociado a la demora en la emisión del Certificado de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL). Esto representa un riesgo, pues desalienta la participación privada, ya que la demora en la emisión de certificados dilata el reconocimiento del gasto invertido por la empresa, lo que genera problemas de flujo de caja, incertidumbre jurídica y desaliento para que las empresas asuman esos proyectos. 

Lo anterior es un problema, pues a pesar de que la ejecución de obras bajo este mecanismo muestra eficiencias concretas en términos de plazos, frente a la inversión pública convencional, esto no vendría acompañado de una emisión eficiente y oportuna de los certificados, a cargo de la entidad pública. Prueba de ello es que, según ProInversión, el 74 % de las obras por impuestos se concluye dentro o incluso antes del plazo establecido, frente al 63 % en el modelo público tradicional. Esta mayor puntualidad se explica por menores tiempos de contratación y una mejor gestión de riesgo (ver Semanario 1267). 

La nueva ley incorpora una disposición según la cual esas demoras injustificadas pueden ser superadas mediante la emisión directa del certificado a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), con lo cual la entidad responsable ya no puede retener o postergar arbitrariamente el reconocimiento. Esto reduce el riesgo regulatorio para la empresa privada que financia el proyecto, pues asegura que —si se cumplen los hitos o fases de obra— no quedará sin reconocimiento por causas administrativas. 

La nueva ley tiene cambios importantes no solo relacionados con la emisión de certificados a cargo del MEF, sino también en torno al IGV, que podría ser escogido por la empresa para obtener un beneficio tributario por haber ejecutado un proyecto bajo OxI, o la creación de un mecanismo bajo la misma lógica: servicios por impuestos (SxI). Aunque estas medidas parecen positivas, se deberá conocer el reglamento de la ley, a cargo del MEF, para comprender su viabilidad técnica. Sin duda, la nueva ley trae mejoras importantes, pero el reglamento deberá esclarecer la viabilidad de dichas medidas.


[1] Con información al 4 de setiembre de 2025.

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