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PERÚ LIBRE PRETENDE CAMBIAR EL CAPÍTULO ECONÓMICO DE LA CONSTITUCIÓN. ¿QUÉ CONSECUENCIAS TENDRÍA?

Por ComexPerú / Publicado en Marzo 03, 2023 / Semanario 1155 - Actualidad

Luego de haber sido desestimado el intento de Perú Libre por tener una asamblea constituyente, la bancada presentó el pasado 21 de febrero el proyecto de Ley 4303/2022-CR, el cual busca cambiar los artículos 58, 59, 60, 61, 62, 63 y 65 de la Carta Magna. Entre los cambios más importantes se encuentran la de pasar de una economía social de mercado a una economía popular de mercado, lo cual busca que el Estado tenga protagonismo empresarial y someter la libre iniciativa privada al control de los órganos gubernamentales. Cabe señalar que el proyecto de ley no cuenta con un análisis de impacto regulatorio, metodología adoptada por los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, entidad que busca que las normas y las regulaciones sean efectivas y eficientes. 

De acuerdo con las modificaciones presentadas, se permitiría al Estado intervenir ilimitadamente en la economía distorsionando su dinámica para supuestamente lograr no solo una igualdad de oportunidades (que debe ser el objetivo principal y foco de sus esfuerzos), sino de resultados. Bajo esta propuesta, medidas de todo tipo e intensidad podrían volverse tanto legítimas como constitucionales dado el rol “garantista” de creación de riqueza. Como contraparte, solo enuncian que “no genera gastos al Estado Peruano”, sin considerar siquiera el costo de oportunidad que dicha reforma significaría para el país. 

Por otro lado, se busca la prohibición explicita de “monopolios y oligopolios”. En el Semanario 1153, pudimos explicar el por qué la Constitución no prohíbe los monopolios u oligopolios como tales, ya que el establecimiento de una posición de dominio per se (tal como está estipulado textualmente en la Constitución) no se traduciría en un perjuicio para la competencia en un mercado o para sus consumidores. Más bien, alcanzar una posición de dominio se relaciona con la eficiencia económica, ya que aquellas empresas que se vuelven más productivas y costo-eficientes pueden desplazar a sus competidores, y el resultado es beneficioso también para los consumidores pues la empresa se hace más eficiente y puede ofrecer menores precios. En cambio, las prácticas anticompetitivas (como la colusión) y el abuso de posición de dominio, lo que en el Perú sí se castiga, son reguladas y fiscalizadas por el Indecopi. 

Además, se pretende cambiar los términos contractuales “cuando lesionen el interés público”, lo que en la práctica se traduciría en eliminar los contratos-ley. Esto traería consigo la eliminación de la estabilidad jurídica, ya que no se otorgan ni garantías ni seguridad alguna de conseguir los rendimientos de inversión durante la vigencia del contrato. Y, por último, un cambio relevante es que la inversión nacional tenga prevalencia sobre la inversión extranjera, ya que, hoy en día, ambos tipos de inversiones están sujetas a las mismas condiciones en cuanto a competencia. Cualquiera de los escenarios resulta un perjuicio latente para la economía, especialmente en una etapa en la cual las proyecciones para el Perú no son las mejores, ya que es necesario generar incentivos y un clima de confianza para la inversión privada. 

Ante tales propuestas, es preciso recordar que la actual Constitución ha permitido que nuestro país mejore en las últimas décadas. Si nos vamos a los datos, podemos apreciar que el actual capítulo económico ha cumplido con sus objetivos. El PBI de nuestro país, desde 1993 (año en el que entró en vigor la Constitución), ha crecido un 4.4% anual en promedio, con una variación acumulada del 250% hasta 2022, según datos del BCRP. Por el lado de las exportaciones, se tiene que estas han crecido anualmente un 6.3% en promedio entre 2006 y 2022, con una variación acumulada del 66%; mientras que la pobreza monetaria en el país pasó del 42.4% de la población en 2007 al 25.9% en 2021. Entonces, ¿qué otros datos podemos observar para poder explicar la “falta” de crecimiento económico? 

Ahora bien, uno de los factores que impidió que el crecimiento económico se traduzca en mayor desarrollo para el país es el fallido proceso de descentralización, aunado a un aparato público débil. Ello se evidencia, por poner un ejemplo, en las cifras de ejecución presupuestal de las instituciones públicas. Según cifras del Ministerio de Economía y Finanzas, en 2022, el Gobierno nacional utilizó el 90.8% de los recursos destinados para inversión pública; si bien el porcentaje es alto, sigue dejando S/ 1,712 millones sin utilizar. A nivel subnacional, los Gobiernos locales ejecutaron solo el 62.5% del presupuesto para proyectos de inversión (S/ 12,187 millones de saldo) y los Gobiernos regionales gastaron el 66.4% (S/ 4,634 millones de saldo). Estos porcentajes no son únicos de este año, ya que han variado muy poco a lo largo del tiempo, lo cual demuestra la incapacidad de las autoridades por hacer el bien para el país. En ese sentido, lo estipulado en el capítulo económico no limita las acciones de las autoridades. 

Sumando a la discusión, se encuentra la desconfianza de la ciudadanía producto de los actos corruptos por parte de las autoridades. De acuerdo con el Observatorio Nacional Anticorrupción (Obant) de la Contraloría General de la República, en 2021 se registró un aumento significativo de sanciones por actos de corrupción. Mientras que, según resultados de un reporte del INEI, para el semestre móvil julio-diciembre de 2022, entre las instituciones que tienen una alta tasa de desconfianza ciudadana, se ubican los partidos políticos (93.1%), seguido por el Congreso de la República (91.2%) y los Gobiernos regionales (81%). Además, todas las instituciones ubicadas en el grupo de instituciones no confiables pertenecen al sector público, con la excepción de la radio y televisión y la prensa escrita. Esto nos revela que existen otros aspectos de la administración pública donde se deben centrar los esfuerzos por mejorar. 


Urge que el Estado se concentre en invertir eficientemente los recursos que recauda para proveer salud, educación y otros servicios públicos al ciudadano. Tal como están planteados los artículos de la Constitución, no podemos afirmar que estos limiten o atenten contra los recursos del Estado. En párrafos anteriores hemos demostrado que el Estado cuenta con las herramientas, pero los resultados demuestran que simplemente no tienen la capacidad de ejecución para beneficiar al pueblo. Debemos centrar nuestros esfuerzos en mejorar la institucionalidad y la gestión, no en limitar nuestra capacidad autónoma de inversión ni en interrumpir la libre competencia, que sí es un beneficio para la sociedad.


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