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¿Cómo reforzar el sistema de eliminación de barreras burocráticas en los Gobiernos subnacionales?

Por Comexperu / Publicado en Julio 18, 2025 / Semanario 1265 - Legal y Regulatorio

Para reforzar la eficacia de las decisiones del Indecopi respecto de la eliminación de barreras burocráticas de los Gobiernos subnacionales, resulta necesario que estas entidades se sujeten a los requisitos que se aplica a las entidades del Poder Ejecutivo, antes de recurrir al Poder Judicial. 

Desde la creación de la primera autoridad en eliminación de barreras burocráticas (por medio del Decreto Ley 25868 en 1992) y la adopción de la metodología de análisis en 1997 (a través de la Resolución 182-97-TDC, caso taxis amarillos), el sistema ha pasado por diversas modificaciones con el fin de promover su eficacia en beneficio de la ciudadanía. 

Actualmente, para que las entidades del Poder Ejecutivo puedan cuestionar las decisiones emitidas por el Indecopi que agotan la vía administrativa (es decir, las de la Sala) a través del proceso contencioso administrativo (seguido ante el Poder Judicial), se requiere la autorización expresa de su máxima autoridad y que esta sea aprobada en el Consejo de Ministros. 

De esta forma, se establecen requisitos para que únicamente aquellos casos en los que exista mayor certeza o convencimiento por parte de la autoridad sean los que se analicen en el proceso contencioso administrativo. Ello permite que los demás queden firmes en sede administrativa y tengan eficacia de cara al ciudadano. 

Todo ello con base en el Decreto Legislativo 1256, norma que rige el sistema de eliminación de barreras burocráticas. Este se encuentra a cargo de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (así como las Comisiones adscritas a las Oficinas Regionales del Indecopi y la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas) y la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal del Indecopi, en segunda y última instancia administrativa (en adelante, la Sala).  

Sin embargo, estos requisitos no son exigibles para las entidades subnacionales. Actualmente, las municipalidades y los Gobiernos regionales pueden cuestionar las decisiones del Indecopi ante el Poder Judicial de forma libre, de modo que estos pronunciamientos no son eficaces para el administrado, mientras que no exista una decisión judicial firme. Ello hace que el sistema sea ineficaz y más burocrático. 

Esta diferencia (entre las entidades del Gobierno central y los subnacionales) cobra mayor relevancia si se tiene en cuenta que las entidades subnacionales interponen una mayor cantidad de barreras burocráticas declaradas ilegales o carentes de razonabilidad por parte del Indecopi. De acuerdo con el último ranking del Indecopi (correspondiente al segundo semestre de 2024), solo en dicho período las municipalidades provinciales y distritales impusieron un total de 136 barreras declaradas ilegales o carentes de razonabilidad. 

¿Qué propuestas existen para reforzar la eficacia del sistema?

En este punto, el Proyecto de Ley 11447/2024-DP, presentado por la Defensoría del Pueblo, propone (entre otras medidas), que sea esta la entidad que apruebe (caso por caso) a los Gobiernos subnacionales para cuestionar las decisiones del Indecopi ante el Poder Judicial. 

Sin embargo, la Defensoría del Pueblo no es una entidad técnica con especialización ni competencias en eliminación de barreras burocráticas. Por tanto, este proyecto le otorgaría una competencia nueva, sobre la cual no tiene experiencia previa alguna. 

En contrapartida, está la propuesta contenida en el Proyecto de Ley 9566/2024-CR (presentado por la congresista Adriana Tudela), cuyo dictamen propone, entre otras medidas, que las entidades subnacionales cuenten con autorización expresa de su máxima autoridad (al igual que ocurre actualmente con las entidades del Gobierno central), con cargo a informar de ello al Consejo Municipal o el Consejo Regional, según corresponda.

Lo anterior resulta más acorde, pues se otorgaría un mayor control sobre las actuaciones del procurador público municipal o regional dentro de la propia entidad. De esta forma, la máxima autoridad podrá definir, en función de la importancia de la medida, si corresponde o no acudir al Poder Judicial. 

Finalmente, no se puede perder de vista que todo mecanismo que proponga reforzar el sistema de eliminación de barreras burocráticas debe contemplar un reforzamiento de las capacidades técnicas y resolutivas del Indecopi. Dos propuestas concretas son la constitución del Indecopi como organismo constitucional autónomo y el aumento del número de profesionales en los órganos resolutivos.

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