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… Indecopi eliminó 1,885 barreras burocráticas en 2015?

By ComexPerú / Published in August 29, 2016 / Weekly 858 - Did you know...

En el Semanario N.º 857 describimos el procedimiento de eliminación de barreras burocráticas que las personas o empresas pueden iniciar ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), para cuestionar aquellas medidas ilegales o carentes de razonabilidad que establecen exigencias, requisitos, prohibiciones o cobros que restringen el acceso o la permanencia de los agentes económicos en el mercado, previstas en disposiciones normativas que no sean leyes (como decretos supremos, resoluciones ministeriales, entre otras).

 

Así pues, más allá de comentar lo que dicha entidad evalúa para considerar que una medida efectivamente constituye una barrera burocrática ilegal o carente de razonabilidad, ampliamente detallado en el mencionado artículo, a continuación procederemos a analizar cómo se ha venido usando este mecanismo y qué tan efectivo resulta ser.

 

Previamente, conviene destacar cuáles son los efectos causados por los pronunciamientos de la comisión. Si la decisión se deriva de una investigación iniciada de oficio, el efecto será la eliminación de la barrera burocrática considerada ilegal o carente de razonabilidad. Asimismo, si esta proviene de una denuncia de parte, el efecto será la inaplicación al caso concreto.

 

Según el último Reporte de Barreras Burocráticas, elaborado por la Gerencia de Estudios Económicos del Indecopi[1], durante el periodo enero-diciembre 2015, las barreras declaradas ilegales o carentes de razonabilidad, o eliminadas durante una investigación o procedimiento administrativo ascendieron a 1,885[2]. De estas, 599 fueron eliminadas por propia iniciativa de la entidad denunciada (31.8%), 529 fueron inaplicadas a los agentes que hicieron la denuncia (28.1%) y 757 fueron identificadas de oficio (40.26%). Si observamos ese 31.8% de medidas eliminadas por propia iniciativa de la entidad denunciada, vemos que el sistema estaría generando que, ante el inicio de procedimientos administrativos, las entidades prefieran eliminar la medida antes de su conclusión, lo que nos da una primera idea del efecto positivo que estaría generando.

 

En cuanto a las entidades denunciadas, de las 1,885 barreras, 978 correspondieron a municipalidades distritales (51.9%), 481 a municipalidades provinciales (25.5%), 138 a ministerios (7.3%), 8 a gobiernos regionales (0.4%) y 280 a otro tipo de entidades (14.9%). Resalta en esta parte la debilidad que existiría en cuanto a gestión institucional por parte de las municipalidades distritales y provinciales, al no contar con políticas de impacto regulatorio que orienten su potestad normativa, para así evitar tan alto nivel de barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad.

 

Ahora bien, toda vez que la inaplicación de una barrera no genera su eliminación, se dan casos en los que se dispone la inaplicación de una misma barrera en varias oportunidades, según el número de agentes que denuncien la medida. Así pues, en el mismo periodo enero-diciembre 2015, 389 agentes económicos denunciaron a 69 entidades diversas de la administración pública por la imposición de 529 barreras burocráticas, las que tuvieron que ser inaplicadas finalmente un total de 1,147 veces, siendo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) la entidad que más veces tuvo que hacerlo. Así, de las 109 barreras que impuso el MTC, tuvo que inaplicarlas hasta en 583 oportunidades durante el 2015. La entidad que le sigue es la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec), adscrita al Ministerio del Interior. De las 246 barreras que impuso, tuvo que inaplicarlas hasta en 320 oportunidades.

 

Asimismo, de los 389 agentes económicos que denunciaron la imposición de barreras, 221 pertenecieron al sector transportes[3] (56.8%), 52 al sector educación (13.4%), 27 fueron personas naturales (6.9%) y 23 al sector de restaurantes (5.9%).

 

Todo lo anterior nos lleva a pensar que, a la fecha, este mecanismo ha tenido buenos resultados, por lo que las empresas debieran considerar su mayor uso a efectos de no dejar que malas decisiones afecten sus actividades económicas. Según los observatorios de mercados elaborados también por la Gerencia de Estudios Económicos del Indecopi[4], cuyo resumen se puede apreciar en el cuadro adjunto, el impacto de la eliminación de estas barreras burocráticas en los últimos años habría sido significativo.

 

Sin perjuicio de lo anterior, aún existiría espacio para mejorar el marco legal vigente. Por ello, atendiendo a las declaraciones del ministro de Economía y Finanzas, Alfredo Thorne, sobre la necesidad de fortalecer este mecanismo, proponemos que la evaluación se oriente, principalmente, a disponer un efecto general de las resoluciones del Indecopi, para no limitar su ámbito de acción a la inaplicación a casos concretos, sino que una vez declarada la barrera como ilegal o carente de razonabilidad, esta sea eliminada en beneficio de todos los agentes económicos. Es decir, convertir los ahorros potenciales del cuadro en efectivos.

 



[3] Sin incluir transporte aéreo.

[4] Observatorio de mercados, Año 8, N.º 16, Febrero 2014.

Observatorio de mercados, Año 9, N.º 21, Marzo 2015.

Observatorio de mercados, Año 10, N.º 28, Marzo 2016.

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