Is this not what you were looking for?

Redefine the parameters of your search.

A LA REGULACIÓN (INJUSTIFICADA) DILE NO

By ComexPerú / Published in March 22, 2018 / Weekly 930 - Facts of Importance

En estos días, se viene discutiendo en el Congreso de la República el predictamen recaído en el proyecto de Ley (PL) 1612/2016-CR, que propone modificar el inciso 2 del artículo 3 de la Ley N.º 29461, Ley que regula el servicio de estacionamiento vehicular. Dicha iniciativa legislativa plantea que el servicio considerado complementario o accesorio de estacionamientos en los centros comerciales sea gratuito si se acredita un consumo mínimo en los establecimientos ubicados en su interior. En caso no se acredite, solo se exoneraría el pago correspondiente a los primeros 45 minutos y, pasado dicho tiempo, se exigiría una retribución económica por el tiempo total de permanencia en el estacionamiento. Además, se dispone que el proveedor haga de conocimiento de los consumidores, antes del ingreso al establecimiento comercial, el valor de la tarifa y el valor del consumo compensatorio, de forma clara e inequívoca.

A continuación, analizaremos esta iniciativa legislativa, la cual consideramos carente de sustento técnico y legal, y cuya implementación terminaría perjudicando al usuario del servicio.

VEAMOS PUNTO POR PUNTO

En primer lugar, con este tipo de iniciativas, el Legislativo pretende, una vez más, intervenir sobre un mercado que no lo requiere, ya que la imposición o eliminación de un sistema tarifario no solo afecta la libre fijación de precios, sino que atenta contra los artículos 58 y 59 de la Constitución, los cuales sostienen que la iniciativa privada es libre en una economía social de mercado, y que el rol económico del Estado consiste en estimular la creación de riqueza y garantizar la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. Además, la iniciativa pretende modificar a su gusto las condiciones contractuales de común acuerdo entre la empresa prestadora del servicio y el usuario.

En segundo lugar, la oferta de parqueo vehicular es limitada, y si a esto le sumamos que los inversionistas verán este sector como poco rentable, debido al alargamiento del plazo de recuperación de su inversión, al no poder ellos establecer la modalidad de negocio, y a los mayores sobrecostos debido a la modificación del sistema tarifario, esto llevará a que se agrave la situación y enviará una mala señal a los inversionistas. Por lo tanto, agudizaría el déficit del sector, al desincentivar la competencia y no hacer atractivas las inversiones.

En tercer lugar, respecto de las tarifas que cobran los estacionamientos, se debe tener en cuenta que estas se determinan por la oferta y la demanda, así como por una serie de factores adicionales. Como se sostiene en la iniciativa legislativa, tenemos un parque automotor bastante grande (2,600,000 vehículos en 2016), del cual el 57.7% se encuentra en la capital, y la oferta de estacionamientos fue de 45,000 para ese mismo año. Ante esto, se puede notar que el sector de parqueo vehicular se encuentra en una situación deficitaria. Por otro lado, se debe tener en cuenta que el precio por metro cuadrado que ocupan los estacionamientos actualmente forma parte del cálculo de la tarifa o esquema tarifario del servicio, el cual varía según su ubicación.

Así, este PL no toma en cuenta ninguna de las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre el impacto regulatorio y el análisis de la calidad regulatoria. El “análisis” costo-beneficio elaborado en el PL solo afirma que la propuesta no genera costos monetarios al erario público y que los usuarios se beneficiarán por un “menor gasto”, un análisis muy pobre que no justifica la distorsión regulatoria que generaría. En consecuencia, lo que se debería hacer es realizar un análisis sobre la calidad de esta norma.

En general, las razones sobran para considerar que la presente iniciativa legislativa no lograría los objetivos de enfrentar el déficit de estacionamientos ni el de generar bienestar en la población. Por el contrario, el usuario se perjudicaría con mayores precios y las empresas se verían desincentivadas a invertir en un sector que lo requiere con urgencia.


logo icono

ComexPerú

ComexPerú is the private guild that groups the main companies related to the Foreign Trade in Perú.

comexperu.org.pe

RECOMMENDED ARTICLES

  • Economy
  • Public investment
  • Subnational governments

Inversión pública a abril de 2025: análisis y desafíos

Al culminar abril de 2025, el Perú ha ejecutado aproximadamente S/ 14,000 millones de su presupuesto anual de inversiones. Esto representa un incremento del 27% en el primer trimestre de 2025 en comparación con 2024, equivalente a S/ 2,000 millones adicionales, según cifras del MEF. Sin embargo, persisten brechas importantes en el avance de ejecución, especialmente a nivel local.

By Comexperu / May 02, 2025 / Weekly 1254 - Economy
  • Foreign trade
  • Economy
  • Agroexport

India en el foco global: una oportunidad que el Perú no debe dejar pasar

India ya es un actor estratégico en la economía global, pues atrae el interés de grandes multinacionales. Apple, por ejemplo, que ya produce celulares en ese país, actualmente busca aumentar su volumen de producción, impulsada por la guerra de aranceles entre EE. UU. y China. ¿Y el TLC con India para cuándo?

By Comexperu / May 02, 2025 / Weekly 1254 - Topicality
logo icono