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… el TPP incluye un capítulo de transparencia y anticorrupción?
By ComexPerú / Published in June 27, 2016 / Weekly 850 - Did you know...
En la edición anterior analizamos el capítulo
vigesimoquinto, sobre coherencia regulatoria, del Acuerdo de Asociación
Transpacífico (TPP, por sus siglas en inglés), por lo que a continuación
procederemos a analizar el capítulo vigesimosexto, sobre transparencia y
anticorrupción[1].
El presente capítulo busca promover el objetivo
compartido por todas las partes del TPP, de fortalecer el buen gobierno y
abordar los efectos corrosivos que el soborno y la corrupción pueden tener en
sus economías.
En cuanto al tema de transparencia, se busca asegurar que
las partes publiquen o pongan a disposición del público en general,
oportunamente, sus leyes, regulaciones, procedimientos y resoluciones
administrativas de aplicación general con respecto a cualquier asunto cubierto
por el TPP. Asimismo, que en la medida de lo posible prepubliquen las
mencionadas medidas o sus modificaciones, a efectos de dar una oportunidad
razonable para comentarlas.
De otro lado, se busca asegurar la implementación de un
debido procedimiento administrativo, esto es, (i) que quien sea afectado
directamente por un procedimiento reciba un aviso razonable de cuándo el
procedimiento es iniciado, incluyendo una descripción de la naturaleza del
procedimiento, el fundamento legal de su inicio y una descripción general del
asunto en cuestión; (ii) que se brinde al notificado una oportunidad razonable
de presentar hechos y argumentos en apoyo a su posición antes de que se tome
cualquier acción administrativa final; y (iii) que los procedimientos estén de
conformidad con su ordenamiento jurídico.
Finalmente, se dispone la obligación de establecer o
mantener el principio de doble instancia independiente, tanto en sede judicial
como administrativa, con el propósito de revisar prontamente y, de ameritarlo,
corregir un acto administrativo definitivo con respecto de cualquier asunto
cubierto por el TPP.
En cuanto al tema de anticorrupción, se afirma la
determinación de las partes para eliminar el soborno y la corrupción en el
comercio internacional y la inversión, a través de la adhesión a diversos
instrumentos internacionales, como los Principios de Conducta para Funcionarios
Públicos del APEC y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
Sin embargo, se reconoce que la tipificación de los delitos que sean adoptados
o mantenidos, así como los principios legales aplicables que rijan su
legalidad, serán de conformidad al ordenamiento jurídico de cada parte.
Asimismo, cada parte deberá adoptar medidas que sean
necesarias, de conformidad con sus principios jurídicos, para establecer la
responsabilidad de personas jurídicas por estos delitos. En particular,
disponer que las personas jurídicas que se consideren responsables de los
delitos sean objeto de sanciones efectivas, proporcionales y disuasivas,
penales o no penales, que incluyan sanciones monetarias.
Con el fin de prevenir la corrupción, cada parte deberá
adoptar medidas que sean necesarias, de conformidad con sus leyes y
reglamentos, en relación con la transparencia de los libros y registros,
divulgación de estados financieros y normas de contabilidad y auditoría.
De otro lado, con el fin de combatir la corrupción, se
dispone que las partes adopten medidas para promover la integridad de sus
funcionarios públicos, como capacitación, transparencia y adopción de códigos
de conducta.
A diferencia de los capítulos analizados en anteriores
ediciones, el mecanismo de solución de controversias del TPP sí aplica ante
cualquier incumplimiento del presente capítulo.
Adicionalmente, con el objeto de asegurar la transparencia y equidad procedimental de los aspectos relativos a productos farmacéuticos y dispositivos médicos, sin que ello signifique modificar el sistema de salud de las partes ni determinar sus prioridades de gasto en salud, se incluye un Anexo específico destinado a promover la transparencia y divulgación de información respecto de este sector.
[1] El texto completo del TPP se puede encontrar en la siguiente dirección:
www.acuerdoscomerciales.gob.pe
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