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… en el marco de la OMC se ha aprobado facilitar el acceso a medicamentos?

Por ComexPerú / Publicado en Enero 30, 2017 / Semanario 877 - ¿Sabías que..

Una de las críticas recurrentes que se presenta cuando hablamos de acuerdos comerciales internacionales que incluyen capítulos de propiedad intelectual es la referida al riesgo de que ocurra un aumento en los precios de los medicamentos o se restrinja su acceso como consecuencia del sistema de patentes.

 

Al respecto, en varias oportunidades hemos mencionado que esto no es cierto (ver semanarios N.º 809, N.º 811 y N.º 819) y que, en todo caso, estos acuerdos comerciales replican muchos de los estándares internacionales previstos en el ámbito multilateral. En el caso específico de temas de propiedad intelectual, nos referimos al Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC), de la Organización Mundial de Comercio (OMC), y la Declaración Ministerial de Doha sobre los ADPIC y la Salud Pública.

 

Entre otros temas, estos instrumentos disponen excepciones a los derechos exclusivos conferidos por las patentes farmacéuticas y garantizan que los Estados puedan adoptar medidas para proteger la salud pública, como las licencias obligatorias, que permiten a las empresas fabricar productos patentados o hacer uso de procedimientos patentados sin contar con el consentimiento del titular de la patente, pero solo en determinadas condiciones y siempre con el objeto de salvaguardar los altos intereses de la salud púbica en un país.

 

En este contexto, resulta relevante informar que el 23 de enero entró en vigencia una enmienda al Acuerdo sobre los ADPIC, con el objeto de proporcionar a los países en desarrollo un medio jurídico para acceder a medicamentos asequibles en el marco de la normativa de la OMC. Ello, después de que dos tercios del total de sus miembros ratificaran esta enmienda.

 

Según lo dispuesto por la propia OMC, “esta modificación se orienta a adaptar las normas que regulan el sistema mundial de comercio a las necesidades de salud pública de la población de los países pobres”.

 

Como bien afirma el director general de la OMC, Roberto Azevêdo, “se trata de una modificación de suma importancia. Esta enmienda proporciona seguridad jurídica para exportar medicamentos genéricos a precios razonables a fin de satisfacer las necesidades de los países que no tienen capacidad de producir productos farmacéuticos, o que tienen una capacidad limitada. De ese modo, los más vulnerables podrán acceder a los medicamentos que necesitan y tratar enfermedades como el VIH/SIDA, la tuberculosis o la malaria, entre otras. Me satisface enormemente que los miembros de la OMC hayan honrado su compromiso y hayan hecho entrar en vigor esta importante medida".

 

Cabe destacar que la enmienda fue adoptada por unanimidad en el mes de diciembre de 2005, y confiere a los países en desarrollo y a los menos adelantados con problemas de salud pública y sin capacidad para producir medicamentos genéricos, la facultad de obtenerlos de productores de terceros países, en el marco de los acuerdos de licencias obligatorias, en los que incluso estos medicamentos están protegidos por patentes.

 

Lo anterior no hace más que ratificar la intención de los Estados de esclarecer que la protección de las patentes no impide ni debe impedir a los miembros de la OMC tomar medidas para proteger la salud pública. Esto se constata al saber que las economías más importantes del mundo ya habían ratificado esta enmienda años atrás; entre ellas, Australia (2007), Brasil (2008), Canadá (2009), China (2007), EE.UU. (2005), India (2007), Japón (2007) y la Unión Europea (2007). El Perú ratificó la enmienda en el mes de setiembre del año pasado.

 

Por tanto, creemos importante destacar esta noticia no solo por la trascendencia que para los Estados tiene el tema de la salud pública, sino también para hacer notar la perfecta complementariedad que existe entre la industria farmacéutica y el sistema de protección de los derechos de propiedad intelectual.

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