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Foro de cumplimiento colaborativo tributario: oportunidad para diseñar un programa eficaz
Por Comexperu / Publicado en Junio 06, 2025 / Semanario 1259 - Legal y Regulatorio

El cumplimiento colaborativo tributario (CCT) es un programa a través del cual se busca aumentar la interacción entre los principales contribuyentes y la autoridad, con miras a reducir el número de litigios en esta materia, así como optimizar los costos de cumplimiento tributario. Para su implementación en el Perú, se deben considerar elementos que garanticen la seguridad jurídica.
El CCT permite que los contribuyentes de los países puedan tener una relación horizontal con sus respectivas autoridades tributarias, sostenida en la confianza mutua, y ya no un modelo en el que este vínculo se base en el cumplimiento de una obligación (relación vertical). De acuerdo con una publicación realizada por el BID, esto puede consistir, por ejemplo, en un canal de comunicación directa entre la autoridad y los contribuyentes, en donde se puedan resolver dudas específicas.
Este modelo ha sido implementado en diversos países europeos, como Dinamarca, Finlandia, Noruega, Países Bajos, Suecia y Reino Unido. En América Latina, Brasil y Ecuador están implementando modelos similares, y ambos países se encuentran en la etapa de marcha blanca y elaboración de pruebas piloto con sus principales contribuyentes.
El desarrollo de modelos de CCT supone un cambio en la mentalidad de la autoridad tributaria y de los funcionarios que trabajan en ella. Significa pasar de una actitud eminentemente fiscalizadora a una de diálogo, en donde se actúa antes que el contribuyente presente sus declaraciones tributarias. Para ello, se reconoce la posibilidad de que los funcionarios puedan visitar las sedes de los contribuyentes, viajar hacia donde realizan sus operaciones para comprender cómo funcionan, recibir y recabar su información, y absolver sus dudas para una declaración tributaria más clara y con menos contingencias. Por tanto, su implementación resulta positiva.
En este contexto, el 29 de mayo, la Sunat realizó un evento en donde inauguró el foro de CCT en el Perú, enfocado en los principales contribuyentes. De acuerdo con lo informado por la autoridad, durante el año 2025, se diseñaría el programa de CCT para iniciar un piloto con algunos contribuyentes invitados en 2026. Con su retroalimentación, el programa se pondrá en marcha en 2027.
¿Cuáles son los aspectos por considerar para el diseño del programa de CCT en el Perú?
Durante el acto de lanzamiento del foro de CCT, diversos representantes del sector privado destacaron la necesidad de que exista vinculatoriedad sobre la opinión del funcionario de la autoridad.
Ello debido a que podría ocurrir una situación en la que el contribuyente presenta información preliminar a modo de consulta, el funcionario responde aplicando determinado criterio, y este no es respetado por la autoridad al momento de fiscalizar. Lo anterior no supone que la autoridad renuncie a su potestad fiscalizadora, sino que la ejerza respetando los criterios trasladados al contribuyente, a fin de garantizarle seguridad jurídica.
Otro elemento que se debe considerar es la interacción del programa de CCT con el perfil de cumplimiento, iniciativa también a cargo de la Sunat y que consiste en el establecimiento de calificaciones a los contribuyentes en función al cumplimiento de las obligaciones tributarias. Se sugiere que las calificaciones no se vean afectadas si el funcionario público recomienda modificar determinada información del contribuyente, pues no se trata de una declaración formal, sino de sugerencias en el marco de una consulta.
Finalmente, se requiere que la autoridad cuente con funcionarios que conozcan o puedan especializarse en el sector de la industria en el que se desenvuelve el contribuyente. Esto permitirá reducir los costos de aprendizaje, conocer de mejor manera el funcionamiento de elementos clave (por ejemplo, el tiempo de vida de una maquinaria para calcular su depreciación), y así brindar una respuesta oportuna y con una base técnica
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